
- Tener un vínculo laboral formal que genere ingresos, no solo mejora la calidad de vida de todos los ciudadanos, sino que apunta a un reforzamiento positivo de su autoimagen y autoestima.
- Tener empleo para cualquier persona, significa estar más cerca a la posibilidad de cumplir sus sueños y alcanzar los objetivos trazados para su propio proyecto de vida.
- Un empleo formal permite a cualquier ciudadano tener acceso a los servicios de salud y pensión a través del Sistema de Seguridad Social.
- Tener un vínculo laboral, permite ampliar el círculo social y contar con mayores alternativas para disfrutar con otros de la vida.
Ejemplo beneficio tributario del Artículo 31 de la ley 361 de 1997
La Empresa podrá deducir dos veces en su ejercicio tributario por concepto de salarios y prestaciones, a uno o varios trabajadores con discapacidad.
Los conceptos que se deducen, son los ingresos efectivamente recibidos por el trabajador, son los mismos conceptos que tenemos presentes en los certificados de ingresos y retenciones, que se le expiden anualmente al trabajador. En consecuencia, no se incluyen conceptos como: Pagos por parafiscales, por seguridad social, por transporte o restaurante suministrado por la Empresa o por dotación de vestido de labor, ya que no se pagan directamente al empleado.
Los pagos al trabajador, efectivamente recibidos por él son: Salarios, horas extras, recargos nocturnos, vacaciones realmente pagadas, cesantías e intereses a las cesantías efectivamente pagadas, auxilios para bienestar pagados por nómina por cualquier concepto, prima de servicios pagada, primas extralegales (Bonificaciones o aguinaldos), bonificaciones especiales, incluso las bonificaciones por retiro definitivo de la Empresa.
Ejemplo de aplicación del Beneficio Tributario para pagos en el año 2018
Salario mensual del Trabajador: $750.000
CONCEPTO |
Valor |
---|---|
Total salarios pagados 12 meses |
$9.000.000 |
Recargos nocturnos pagados año |
$600.000 |
Horas extras pagadas año |
$500.000 |
Cesantías pagadas año |
$750.000 |
Intereses cesantías año |
$84.000 |
Vacaciones pagadas |
$375.000 |
Auxilios pagados al trabajador |
$300.000 |
Primas de servicios semestrales |
$750.000 |
TOTAL PAGOS AÑO |
$12.359.000 |
Como el artículo 31 de la ley 361 de 1997, establece que el deducible a la renta es por el 200 % de los pagos sería:
$12.359.000 x 2 = $24.718.000
Sobre el anterior valor, aplico la tarifa general de impuesto de última renta, la cual estableció la reforma tributaria para el año 2018, en 33% así:
$24.618.000 x 33% = $8.156.940
El anterior valor, es el beneficio tributario recibido por dicho trabajador.
Ejemplo Reducción de cuota SENA:
Si la empresa tiene una cuota de seis aprendices: debe patrocinar seis aprendices.
Si tres de esos aprendices que patrocina tienen discapacidad, disminuye tres cuotas de patrocinio; entonces debe patrocinar sólo 3 aprendices.
Si dos de esos aprendices que patrocina tienen discapacidad, disminuye dos cuotas de patrocinio; entonces debe patrocinar sólo 4 aprendices.
Si uno de esos aprendices que patrocina tiene discapacidad, disminuye una cuota de patrocinio; entonces debe patrocinar 5 aprendices.
Nota: la “x” sobre las personas, corresponde a la cantidad de CUOTAS que disminuye.